Barruelo de Santullán  
  
   
 

EDICTO

Durante los días hábiles, excepto sábados y domingos, comprendidos entre 1 de Septiembre al 31 de octubre del 2007, estarán puestos al cobro, en período voluntario, los recibos correspondientes al impuesto sobre actividades Económicas del ejercicio 2007, de los contribuyentes no exentos.

El horario de cobranza será de diez a trece treinta horas en el servicio de recaudación del Ayuntamiento, sito en la Casa Consistorial.

Concluido el plazo señalado anteriormente la deuda tributaria podrá ser abonada con el recargo ejecutivo del 5% durante el mes siguiente a la finalización de dicho plazo

Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario y ejecutivo, se iniciara el procedimiento de apremio, conforme a lo establecido en los artículos 68 y siguientes del Reglamento General de Recaudación, con los recargos establecidos en el articulo 28 de la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, General Tributaria, y en su caso, con el enteres de demora establecido en el articulo 26 de dicha ley.

Lo cual se hace publico para general conocimiento.

Barruelo de Santullán a 23 de Julio de 2007

 

EL ALCALDE
Fdo. Arturo- Santiago Ruiz Aguilar

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